Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0095/2019-S2
Fecha: 05-Abr-2019
a)
Solicita se conceda la tutela impetrada, disponiendo: a) Su restitución al cargo de Director de la Unidad Educativa Enrique Lindemann, turno de la noche; b) El pago de sueldos desde el mes de febrero de 2018, hasta la interposición de la presente acción de amparo constitucional; y, c) La extensión de fotocopias legalizadas de toda la documentación presentada y del Memorándum de designación como Director.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- 2.
- las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16