ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0095/2019-S2
Fecha: 05-Abr-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Se postuló a la Convocatoria Pública 001/2017 de institucionalización de cargos directivos del Sistema Educativo Plurinacional del Ministerio de Educación y una vez cumplidos los requisitos, fue designado oficialmente en el cargo de Director de la Unidad Educativa Enrique Lindemann, extendiéndole el formulario 007245 de 1 de febrero de 2018 y el Memorándum de designación del cargo que estuvo desempeñando desde el mes de enero de ese mismo año; empero, el 29 de mayo del citado año, fue notificado con el Memorándum 335/2018 de 28 del citado mes y año, instruyéndole que: “…debe usted realizar su reubicación como maestro de acuerdo a su especialidad…” (sic), lo que en otras palabras significó que fue destituido de su cargo de Director.
Frente a dicha determinación, el 13 de junio de 2018 presentó un memorial de impugnación ante la Directora Distrital de Educación de La Paz, que mereció la respuesta de 28 de igual mes y año; mediante la cual, le negó su petición de revocatoria de la destitución; en consecuencia, formuló recurso jerárquico ante la misma autoridad y hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, no obtuvo respuesta alguna.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- 2.
- las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16