ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0095/2019-S2
Fecha: 05-Abr-2019
II.3.
II.3. El solicitante de tutela, mediante memorial presentado el 2 de julio de 2018 ante la Directora ahora demandada, interpuso recurso jerárquico -ante la negativa del recurso de revocatoria-, solicitando que: a) Se deje sin efecto el Memorándum 335/2018; b) Se ratifique en el cargo que fue designado según formulario 007245 de 1 de febrero de 2018, el Memorándum de Designación como Director normalista de la Unidad Educativa Enrique Lindemann turno noche “C”; c) Ordene que se proceda al pago de sueldos de los meses de febrero, marzo, abril, mayo y junio de todos de 2018, en aplicación de la consigna bonos y aportes y computo de antigüedad; y, d) Se abstenga de designar otro Director en el cargo que ostentaba (fs. 251 a 253 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- 2.
- las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16