SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2019-S4

Fecha: 01-Abr-2019

conceder la tutela solicitada

           Primero, en relación al apersonamiento, y la petición expresa de la accionante de que se deje sin efecto el mandamiento de aprehensión emitido en su contra, conforme se tiene del Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional, lo que correspondía era que la autoridad jurisdiccional ahora demanda, deje sin efecto el citado mandamiento de aprehensión, y dé continuidad a la tramitación del proceso, sin condicionar dicho acto procesal al pago de multa alguna, al no haber actuado de ese modo, la mencionada autoridad, inobservó la normativa procesal aplicable, y la jurisprudencia desarrollada al respecto, pues debe considerarse que las órdenes dispuestas producto de una declaratoria de rebeldía, en particular la de aprehensión, tiene carácter temporal y cesa cuando el rebelde se apersona voluntariamente ante el juez de la causa, habida cuenta que su objeto es hacer que el imputado esté presente durante la tramitación del proceso penal o investigación, garantizando que la potestad de impartir justicia sea pronta y oportuna; y, principalmente que el imputado ejerza de manera amplia su derecho de defensa en forma personal, en tal sentido, ante la comparecencia de éste ante la autoridad judicial que lo declaró rebelde, como aconteció en el caso de autos, se tiene por cumplida tal finalidad, debiendo la autoridad, dejar sin efecto el señalado mandamiento de aprehensión sin mayores formalismos menos supeditando tal comparecencia a aspectos de carácter eminentemente económico. Por tanto, al haber la autoridad demanda actuado de manera contraria al entendimiento desarrollado supra, vulneró el debido proceso en directa vinculación con el derecho a la libertad de la impetrante de tutela, correspondiendo en consecuencia, conceder la tutela solicitada en relación a ese extremo.