SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2019-S2

Fecha: 01-Abr-2019

II.3.

II.3.    Mediante Auto Interlocutorio 07/2018 de 19 de febrero de 2018 Reynaldo Sangueza Ortuño y Rocio Celia Manuel Choque, Vocales de la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro         -autoridades ahora demandadas-, rechazaron el recurso de apelación interpuesto por la impetrante de tutela, debido a que fue presentado fuera del plazo establecido por ley; toda vez que, la Resolución de 15 de enero de 2018 es un auto interlocutorio y no un auto interlocutorio definitivo  como lo consignó el Juez a quo, puesto que el mismo no pone fin al proceso, ni hace imposible su trámite; más aún si dicha Auto es producto de un incidente de incremento de asistencia familiar; por lo cual, la impugnación debió ser realizada a través del recurso de reposición con alternativa de apelación y no mediante el recurso de apelación directa; además, el plazo para dicha impugnación, a tal efecto es de tres días de acuerdo a los arts. 368 y 369.II del CFPF.