SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2019-S2

Fecha: 03-Abr-2019

1)

Salua July Dipp Antequera, Jueza de Instrucción Penal Primera de la Capital del departamento de Oruro, mediante escrito cursante de fs. 54 a 55 vta., informó que: 1) Efectivamente emitió el Auto Interlocutorio 154/2018, declarando prescrita la acción penal en torno al delito de falsedad material, pero al ser recurrida en apelación por parte de la víctima, fue remitida ante la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, a los fines de su trámite en alzada;   2) Conforme la SC 0586/2006-R de 20 de julio y la respectiva acta, inicialmente tomó la decisión de suspender la audiencia de 30 de mayo de 2018; empero, la víctima invocando la “SCP 1660/2014”, pidió señalamiento de audiencia; por lo que, considerando y valorando la referida jurisprudencia, fijó audiencia de consideración de medidas cautelares para el martes 17 de julio del mismo año, proveído que fue objeto de reposición; y, 3) Como consecuencia del mencionado recurso de reposición, dictó Auto Interlocutorio 498/2018, señalando de manera clara que a raíz de una comparación y ponderación de las sentencias constitucionales, concluyó que es viable volver a considerar la decisión de suspender la audiencia de medidas cautelares, razón por la cual, tomó dicha decisión, no siendo evidente la vulneración de derechos y garantías constitucionales.