Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2019-S4
Fecha: 05-Abr-2019
II.2.
II.2. Cursa Certificado de Atención Prenatal de 9 de enero de 2017, mismo que corroboró que Eveling Zambrana Maldonano –esposa del ahora impetrante de tutela–, contaba con cinco meses de gestación (fs. 5); de igual forma, mediante notas de 10 de enero y 14 de marzo de igual año, el ahora peticionante de tutela, solicitó a la entidad hoy demandada, le sea habilitado el subsidio prenatal en favor de su esposa (fs. 4 y 6); a más de ello, consta Certificado de Nacimiento, por el cual, se verificó el nacimiento de Alexa Antonela Guzmán Zambrana, el 20 de mayo de 2017 (fs. 2); y finalmente, mediante notas de 26 de octubre, el accionante, requirió el pago de lactancia y natalidad (fs. 25 y 26).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- contrato de consultoría que no reconocía beneficios sociales tampoco subsidios prenatales, de natalidad y post natales en favor de mi esposa y mi hija en gestación
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos o que no se encuentren consolidados, porque dependen para su consolidación de la dilucidación de cuestiones de hecho o de la resolución de una controversia sobre los hechos;
- i)
- REVOCAR