SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2019-S2

Fecha: 03-Abr-2019

toda persona tiene derecho

El art. 16 de la CPE, por un lado, reconoce que toda persona tiene derecho a la alimentación y al agua ; por otra impone al Estado la obligación de garantizar la seguridad alimentaria, a través de una alimentación sana, adecuada y suficiente para toda la población. Este deber del Estado, también se traduce en las asignaciones para atender especialmente a la educación, la salud, la alimentación, la vivienda y el desarrollo productivo -art. 321.II de la CPE en su última parte).