Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2019-S4
Fecha: 10-Abr-2019
II.4.
II.4. Dentro del proceso de concurso necesario seguido contra el ahora accionante, el Juez Público Civil y Comercial Primero del departamento de Santa Cruz, por Auto de Vista 179/2017 de 5 de abril, dispuso que los procesos coactivos deducidos por el Banco Mercantil Santa Cruz SA, contra Compañía Molinera Río Grande S.A., con expedientes 73/2003 y 169/2003 respectivamente, sean desacumulados y remitidos a los juzgados de origen, en virtud a que en ellos solo se pueden afectar bienes del garante hipotecario o prendario como lo es la mencionada empresa (fs. 1334 a 1335 vta.).
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- derecho
- principio
- III.2.
- III.3. La garantía del juez natural, como parte del debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR