SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2019-S1

Fecha: 03-Abr-2019

Fragmento 8

En la dúplica, la tercera interesada indicó que si bien la maestría habría empezado en abril; sin embargo, conforme a la información de la Coordinadora del programa puede incluirse al momento de inicio de cada módulo, conforme a cronograma, es evidente que se encuentra a destiempo para iniciar el posgrado; por otro lado, la menor recibe de su padre una pensión de Bs450.- (cuatrocientos cincuenta bolivianos), el cual no cubre las necesidades más elementales, debiendo su persona correr con gastos que no son pagados con ese dinero; respecto a que, supuestamente se estarían vulnerando los derechos de la menor por el hecho de viajar con ella al exterior para realizar una maestría, no es evidente, porque el impetrante de tutela -padre de la menor-, no se preocupó por ella; es más, el prenombrado realizó trámites para recibir el subsidio, todos los meses; empero, la como madre de la niña, nunca se enteró; por esos motivos, debe velar por darle mejores condiciones de vida a su hija y eso solo se consigue capacitándose.