Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2019-S4
Fecha: 10-Abr-2019
II.3.
II.3. A través de la nota marginal de 20 de noviembre de 2018, la Secretaria del Juzgado de Instrucción Penal Quinto del departamento de La Paz, hace conocer que no se instaló la audiencia de modificación de medidas sustitutivas, debido a que la Jueza ahora demandada, llevaba adelante una audiencia en el despacho judicial donde era titular; emitiendo la indicada autoridad judicial, un decreto de la misma fecha, por medio del cual se señala nueva audiencia para el 26 de noviembre de igual año (fs. 47).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ) Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas
- cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR