Sentencia Constitucional Plurinacional 0084/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0084/2019-S1

Fecha: 03-Abr-2019

poder suficiente

Respecto a esta temática la SCP 0823/2018-S4 de 5 de diciembre, señaló que:  “En el art. 129.I de la CPE, se establece que: ‘La acción de amparo constitucional se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución, ante cualquier juez o tribunal competente, siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados’. De la misma forma, el art. 52.1 del CPCo, con relación a la legitimación activa señala que esta acción de defensa podrá ser interpuesta por: ‘Toda persona natural o jurídica cuyos derechos estén siendo restringidos, suprimidos o amenazados de serlo, directamente u otra en su nombre con poder suficiente’.