Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2019-S4
Fecha: 10-Abr-2019
II.1.
II.1. Mediante acta de inspección ocular realizada el 26 de julio de 2018, que cuenta con el sello de la EPISUR Policía Boliviana de Cochabamba, se constató que se efectuó la reparación de las tuberías de agua de cuatro vecinos, no habiéndose identificado otros inmuebles en los cuales aún persistiría el corte de este suministro; la inspección se realizó en presencia del ahora accionante Gustavo Acho Marca, quien firmó el acta en constancia (fs. 151 a 152).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y resolución del Juez de garantías
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- o cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado
- cuando desaparece el objeto del recurso, por haberse superado el hecho reclamado, la acción de amparo debe ser denegada
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR