SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2019-S3
Fecha: 09-Abr-2019
CUATRO HORAS EXTRAS
Dentro el proceso laboral de pago de derechos y beneficios por reintegro seguido en su contra por Sarah Mendoza Peralta, el Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social e Instrucción Penal Primero de Camiri del departamento de Santa Cruz, emitió la Sentencia 07/2016 de “7 de marzo” -lo correcto es 25 de febrero-declarando probada la excepción perentoria de pago de CRECER IFD, respecto a los sueldos, indemnización, aguinaldos y vacaciones demandadas; y, probada en parte la demanda en relación al pago de primas en el monto Bs13 453.- (trece mil cuatrocientos cincuenta y tres bolivianos); por “…44 días sábado trabajados…” (sic) en la suma de Bs3 164.- (tres mil ciento sesenta y cuatro bolivianos); pago por “…CUATRO HORAS EXTRAS que en virtud del Art. 55 de la LGT implican en realidad el pago de OCHO HORAS EXTRAS por día, lo que hace 4452 horas extras…” (sic), por el monto de Bs511 000.- (quinientos once mil bolivianos); y, multa de 30% por la suma de Bs158 285.- (ciento cincuenta y ocho mil doscientos ochenta y cinco bolivianos); disponiendo en total el pago de más del triple de lo que la demandada solicitó.
- acción de amparo constitucional
- CUATRO HORAS EXTRAS
- SOLO tendría que trabajar 7 horas
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- todos los actos ilegales que supuestamente le causan agravio
- que fueron reclamados oportunamente ante la vía judicial o administrativa pertinente; esto es en el momento hábil de producido el agravio el cual debe ser invocado necesariamente en las subsiguientes instancias sino es reparado en la primera,
- Fragmento 13
- III.2.
- se halla interrelacionado con el principio de congruencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2°
- 3°