SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2019-S1

Fecha: 17-Abr-2019

Fragmento 2

A consecuencia de haber sufrido una lesión en la rodilla izquierda al interior de la Escuela Naval Militar cursando el segundo año en calidad de Dama Cadete, así como una mala intervención quirúrgica en el Hospital Militar “…N° 1 COSSMIL-Cochabamba…” (sic), fue motivo de hostigamiento a través de memorándums “…por no haber rendido satisfactoriamente sus aptitudes físicas, ingresando en un ESTADO de OBSERVACIÓN en APTITUD FÍSICA y APTITUD NAVAL MILITAR…” (sic); ante la solicitud de que realice una investigación y auditoria en la especialidad de traumatología, el 26 de septiembre de 2017, recibió el Informe de la Junta Médica, y en base a dicho documento el 6 de diciembre del mismo año, el Consejo Académico Superior de Estudios emitió la Resolución 28/17; alegando que en resguardo a sus derechos fundamentales a la vida, salud e integridad física, resolvió otorgarle baja por postergación académica de conformidad a los arts. 109, 110 inc. h) y 130 del Reglamento de Admisión del Instituto, con derecho a reincorporación conforme a las normas y reglamentos de la Naval Militar; sin darle la oportunidad de poder defenderse, desconociendo sus derechos al debido proceso y el derecho a la defensa.