SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2019-S1

Fecha: 17-Abr-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Durante la tramitación del proceso ordinario de reivindicación y reconocimiento de mejor derecho propietario en primera y demás instancias no se valoraron las pruebas relacionadas al mismo, específicamente la confesión provocada prestada en sede judicial por Julián Barrientos y Juana Gonzales Terrazas como demandados, que cursa de fs. 295 a 296 de obrados (expediente original), porque al momento de responder la pregunta ocho del interrogatorio, de forma expresa señalaron que no cuentan con título de propiedad, referido al inmueble sobre el que se endilgan derechos y detentan la propiedad; en tanto que, su persona sí cuenta con el mismo, extremo que debió ser tomado en cuenta según lo señalado en el art. 1321 del Código Civil (CC) y 161 a 163 del Código Procesal Civil (CPC); además que, fue demostrado con prueba documental; sin embargo, los demandados en el proceso ordinario, interpusieron oposición de forma infundada y sin sustento legal, siendo que estaban obligados a presentar su título o documentos que demuestren su titularidad, los cuales no fueron acreditados en el transcurso del proceso; por lo que, no demostraron derecho propietario.