Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0145/2019-S2
Fecha: 17-Abr-2019
II.1.
II.1. Cursa formulario de denuncia de 9 de mayo de 2017, levantada de oficio por la Dirección Departamental de Investigación Policial Interna (DIDIPI) de Pando contra Romario Condori Mamani, por haber infringido supuestamente los arts. 12 y 14 de la LRDPB, debido a que el nombrado efectivo policial dependiente de la Unidad de Patrulla de Auxilio al Ciudadano (PAC) el indicado día, habría sido encontrado en vía pública en estado de ebriedad y con uniforme policial (fs. 6).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- concedió en parte
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- i)
- Fragmento 13
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones y el principio de congruencia como elementos de la garantía del debido proceso
- d) Debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales
- arbitrariedad
- una resolución será arbitraria cuando carezca de motivación o ésta sea arbitraria o insuficiente; asimismo, cuando la resolución no tenga coherencia o congruencia interna o externa.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte