SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2019-S2

Fecha: 24-Abr-2019

Fragmento 24

Por lo que, de acuerdo al Fundamento Jurídico III.4 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, se cumplieron con todos los presupuestos procesales desarrollados en la jurisprudencia constitucional, entre ellos, la carga de la prueba que demuestra la titularidad o dominialidad del bien objeto de litigio, no estando sujeto este aspecto a un hecho controvertido, así como la exigencia de demostrar de manera objetiva las medidas o vías de hecho ejercidas; es decir, de aquellos actos que prescinden de manera absoluta de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos, a través de esta acción de amparo constitucional; y, que es valorado en la jurisdicción constitucional para otorgar la tutela definitiva con relación al derecho de acceso a la justicia del demandante de tutela y el principio de seguridad jurídica[16], de tal modo que las personas conozcan sus derechos, garantías y obligaciones y tengan certidumbre y previsibilidad de todos los actos de los servidores públicos y los particulares; así como la tutela provisional respecto a su derecho a la propiedad y en conexitud al mismo su derecho a la vivienda denunciado como vulnerado, en virtud a la interdependencia de los derechos; que se otorga en tanto la jurisdicción competente o el medio alternativo de solución de conflictos, dentro de un debido proceso reafirme la titularidad del derecho propietario, que es cuando cesan los efectos de la tutela.