SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2019-S2

Fecha: 24-Abr-2019

1)

El accionante ratificó los argumentos de su demanda y con el derecho a la réplica manifestó que: 1) Cuando “se encontraban jugando” (sic) hubo un incidente con uno de los trabajadores, sin que sea cierto que tenga una mala relación con sus compañeros, ya que por su intermedio supo que les pidieron firmar los documentos que se presentaron, caso contrario serían despedidos; y, 2) Nunca abusó de la gasolina que le otorga la Estación de Servicio y tampoco se puso en su conocimiento la solicitud de informe que refieren, solo el memorándum de despido que rehusó firmar, señalando que se haría asesorar ya que no había cometido ninguna falta para ser despedido injustificadamente, procediéndose de la misma forma durante este tiempo con varios trabajadores, siendo su única pretensión volver a su fuente laboral y que le paguen sus salarios y beneficios.

CONCEDER en parte la tutela impetrada, ordenando al demandado cumplir con la Conminatoria MTEPS/JDTCBBA/ 032/2018 y reincorporar al accionante al cargo que ocupaba, con el mismo salario que percibía al momento de su despido, bajo apercibimiento que en caso de desobediencia se remitirá antecedentes al Ministerio Público; y,