SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2019-S2

Fecha: 24-Abr-2019

concedió en parte

La Jueza Pública Civil y Comercial Tercera de la Capital del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 26 de septiembre de 2018, cursante de fs. 60 a 65 vta., concedió en parte la tutela solicitada, ordenando al demandado cumplir con la Conminatoria MTEPS/JDTCBBA/ 032/2018 y reincorporar al accionante al cargo que ocupaba, con el mismo salario que percibía a momento de su despido, bajo apercibimiento que en caso de desobediencia se remitiría antecedentes al Ministerio Público para su enjuiciamiento; y denegó, en cuanto al pago de salarios devengados y demás beneficios sociales, los que deberán ser reclamados en la vía judicial respectiva. Decisión que fue asumida bajo los siguientes fundamentos: 1) El demandado no acreditó que llevó adelante un proceso administrativo interno por una de las causales establecidas en el art. 16 de la LGT, pues de lo contrario significaría que todos los empleadores por el simple hecho de alegar que actuaron de acuerdo con el procedimiento para evitar la intervención de la autoridad administrativa del trabajo y evitar cumplir la conminatoria a expedirse, decidirían a su antojo despedir a un trabajador; y, 2) La justicia constitucional no se encuentra habilitada para determinar la cuantía de los sueldos devengados, monto que depende de un acervo probatorio que debe presentarse ante la judicatura laboral para su consideración, la que determinará en qué medida corresponde realizar dichos pagos.