Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0179/2019-S3
Fecha: 16-Abr-2019
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Los accionantes a través de su abogada, ratificaron los fundamentos de la acción de amparo constitucional presentada y ampliándolos refirieron la importancia de notificarse con el Auto de Ejecutoria de 10 de noviembre de 2017, y tener conocimiento de su contenido para tener certeza de lo que debe cumplirse, tomando en cuenta que la Resolución del recurso jerárquico interpuesto fue emitido antes del acto reclamado; notificación incumplida a pesar de los reclamos realizados en diferentes instancias, situación que estuvo al margen de lo dispuesto en el Reglamento de Responsabilidad por la Función Pública, por ende fue abusiva, omisiva, odiosa, negligente y vulnera su derecho a la defensa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- denegó
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La tutela del derecho al debido proceso, a la defensa y a la impugnación a través de la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- PRIMERO.- EJECUTORIAR LA SANCIÓN ESTABLECIDA EN ÉSTA, ENTRA EN VIGENCIA Y CAUSA ESTADO
- SEGUNDO.-
- CONFIRMAR