SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0190/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0190/2019-S3

Fecha: 30-Abr-2019

III.2.  Análisis del caso concreto

El accionante alega la lesión de sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, a la vida, a la alimentación, a la salud, y a la educación; puesto que, fue despedido de su fuente laboral de forma injustificada, abusiva y sin compasión, situación no reparada a pesar de haberse emitido la conminatoria de reincorporación laboral por despido injustificado JRTC/SC/JCZ 05/2018 de 29 de junio, vulnerándose con su actuar derechos laborales protegidos por la Constitución Política del Estado.

En el caso, el peticionante de tutela suscribió contrato de trabajo a conclusión de obra con la empresa Prospección Geológica Oriental S.A. con vigencia desde el 22 de marzo de 2018 como Coordinador de “RRCC” y permisos dentro del Proyecto/Obra “Consultoría por Producto Adquisición Sísmica 2D y Procesamiento Área Aguarague Norte – para YPFB” (Conclusión II.1); emitiéndose posteriormente nota de conclusión de trabajo, con la cual se apersonó a la Jefatura Regional de Trabajo Camiri del departamento de Santa Cruz, entidad que mediante conminatoria ordenó su reincorporación laboral por despido injustificado -JRTC/SC/JCZ 05/2018 de 29 de junio-, otorgándole el plazo de tres días hábiles para el efecto (Conclusión II.2).