SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0218/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0218/2019-S3

Fecha: 30-Abr-2019

a)

La accionante a través de su abogado, se ratificó en el contenido íntegro de la acción de amparo constitucional interpuesta y ampliándolo señaló que:     a) Habiendo escuchado el informe de la autoridad denunciada se advierte que su argumento está centrado en que no le es aplicable la inmovilidad laboral, sin embargo, es necesario precisar que de la situación de embarazo de una mujer no solo emerge ese derecho sino otros dos que son motivo de tutela, tal como establece la “SCP 0471/2015”, siendo estos el derecho a la maternidad y la seguridad social que protegen al nuevo ser; b) Mencionan el doble cobro de subsidios en este caso pero no acreditan documentalmente dicho extremo dando a entender que la trabajadora habría realizado cobros después de haber sido desvinculada de su fuente laboral, cuando en realidad la desvinculación se produjo en el mes de diciembre y eventualmente cesó cualquier protección del derecho a la maternidad y la seguridad social; y, c) La autoridad denunciada realizó un contrato “fraudulento” porque los contratos a plazo fijo se suscriben para tareas específicas y eventuales, cuando en este caso se trata de tareas propias y permanentes de la institución empleadora.