Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0218/2019-S3
Fecha: 30-Abr-2019
III.
La accionante denuncia la lesión de sus derechos a la inamovilidad laboral, a la vida, a la salud, a la integridad psicológica, a la alimentación y a la seguridad social, ya que, tras ser contratada a través de un contrato a plazo fijo como Responsable de la Unidad de Comunicación Institucional y Relacionamiento Internacional de la Asociación de Municipalidades de Bolivia, fue destituida de su fuente laboral a través de la comunicación de un Memorándum de conclusión de su relación laboral, pese a su estado de gestación y a la realización de labores propias de la entidad referida.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- III.1. La inamovilidad laboral de la mujer embarazada o del progenitor en contratos de carácter temporal
- II. La inamovilidad laboral no se aplicará en contratos de trabajo que por su naturaleza sean temporales, eventuales o en contratos de obra; salvo las relaciones laborales en las que bajo estas u otras modalidades se intente eludir el alcance de esta norma. En este último caso corresponderá el beneficio.
- cuando las relaciones laborales, bajo estas modalidades intenten eludir el alcance de la norma
- 2)
- 3)
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR