SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0665/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0665/2019-S2

Fecha: 09-Abr-2019

no prevé el recurso de apelación incidental contra las resoluciones que rechacen el requerimiento conclusivo de procedimiento abreviado, empero debido a que el recurso de apelación es un medio de defensa que tiene una de la partes procesales para impugnar una decisión que afecta sus derechos en aplicación de los principios de prevalencia de la justica material sobre la formal, justicia material y pro actione que tienen por objeto lograr una tutela judicial efectiva, resulta posible formular el recurso de apelación incidental contra el indicado fallo

Por su parte, este Órgano constitucional mediante la SCP 0639/2016-S2 de 30 de mayo, efectuando una interpretación respecto al alcance del art. 403 del CPP, precisó que a pesar que: “…el citado artículo en forma expresa no prevé el recurso de apelación incidental contra las resoluciones que rechacen el requerimiento conclusivo de procedimiento abreviado, empero debido a que el recurso de apelación es un medio de defensa que tiene una de la partes procesales para impugnar una decisión que afecta sus derechos en aplicación de los principios de prevalencia de la justica material sobre la formal, justicia material y pro actione que tienen por objeto lograr una tutela judicial efectiva, resulta posible formular el recurso de apelación incidental contra el indicado fallo, no pudiendo las autoridades judiciales condicionar la apertura de su competencia a una excesiva observancia de los aspectos formales” (énfasis añadido).