VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0122/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0122/2019-S2

Fecha: 17-Abr-2019

a)

Los accionantes alegan que los demandados, -Gerente General y Directores del Directorio de IABSA, vulneraron sus derechos al trabajo, al salario y a la estabilidad laboral, así como los principios de seguridad jurídica y legalidad, por cuanto: a) Incumplieron con el compromiso voluntario de reincorporarles a sus fuentes laborales, que consta en el acta de compromiso de 28 de junio de 2018 así como con   la Conminatoria 018/2018 de 8 de junio, que ordenó su reincorporación laboral, puesto que, no les permitieron el ingreso a sus fuentes laborales; b) Se dispuso la constitución de una Comisión Mixta de Despidos con base a un Reglamento iIlegal que fue dejado sin efecto por Resolución Ministerial (RM)  728-15 de 6 de octubre de 2015; c) Se dictó Auto de Aapertura de procedimiento  interno de despido contra varios de ellos, por abandono injustificado dea sus labores, invocando los arts. 16 inc. e) de la Ley General del Trabajo (LGT) y 9 inc. d) de su Decreto Reglamentario, sin considerar que su inconcurrencia al trabajo, respondía a la huelga realizada en defensa de sus derechos, la misma que fue declarada legal por la Jefatura Regional  Departamental del Trabajo Bermejo; y, d) En el caso del accionante Jaime Ruiz Cuevas, no se consideró su inamovilidad laboral, por ser padre de un menor con discapacidad; por lo que, solicita: d.1) La inmediata reincorporación a su fuente laboral, dejando sin efecto los Autos de apertura de la Comisión Mixta de Ddespido, al ser nulos; y, d.2) El pago de sus sueldos devengados, así como de los derechos laborales que correspondan.