VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0182/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0182/2019-S2

Fecha: 24-Abr-2019

I.

La suscrita Magistrada comparte lo desarrollado en el Fundamento Jurídico III.1 de la SCP 0182/2019-S2; y en consecuencia, expreso mi conformidad con la concesión de la tutela impetrada respecto al derecho al debido proceso en su elemento al juez natural y al principio de seguridad jurídica, en los mismos términos dispositivos establecidos por la Jueza de garantías; sin embargo, considero que además se debió resguardar el derecho de petición, ante una evidente lesión del mismo; y por conexitud, también los derechos al debido proceso en su elemento defensa, al trabajo y a la dignidad; disponiéndose el resarcimiento de daños y perjuicios; empero, al no haberlo hecho, estos motivos se constituyen en las razones de la Disidencia.

i)         Con relación al derecho de petición; debió pronunciarse sobre el particular, a efectos de resguardarlo, ante una evidente lesión del mismo, con la finalidad que la parte demandada en casos análogos no incurra en igual transgresión, por el desconocimiento de su alcance, desarrollado en el Fundamento Jurídico II.2 de este Voto Disidente;