ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0310/2019-S2
Fecha: 29-May-2019
III.3. Sobre la excepción de incompetencia en materia penal por existir clausula arbitral, coactiva fiscal o civil para la resolución contractual
En relación a la presentación de la excepción de incompetencia prevista en el art. 310 del Código de Procedimiento Penal (CPP), en procesos penales instaurados a raíz de hechos emergentes de una relación contractual, en la cual se haya estipulado una cláusula rescisoria en la que se establezca la vía civil, comercial administrativa, o arbitral para la dilucidación de controversias; este Tribunal Constitucional Plurinacional entendió, inicialmente, en las SSCC 1244/2000-R, 0770/2006-R, 0068/2007-R y 0487/2007-R; que debe considerarse el contenido de la cláusula compromisoria del contrato, a objeto de determinar el tipo de conflictos sometidos a la vía arbitral, civil, en otras; Así, la SC 1244/2000-R, de 21 de diciembre, señala:
…de la interpretación correcta de la cláusula compromisoria del contrato se colige que ésta se refiere a ‘cualquier disputa, controversia o reclamo que surja entre las partes a raíz de o en conexión’, (incluyendo, pero sin limitarse a, cualquier asunto relacionado con la validez, existencia, terminación o incumplimiento de este contrato), será referido y resuelto en única e inapelable instancia por un arbitraje final y vinculante (sic)..."; de cuyo contenido se extrae claramente y de forma única e inequívoca que al margen de los conflictos surgidos de la validez, existencia, terminación o incumplimiento del contrato, se pactó que también otras incidencias del mismo, donde bien se enmarca el reclamo por el incumplimiento del pago, podían ser resueltas ante un Tribunal Arbitral.
Entendimiento que también se encuentra contenido en la SCP 1337/2012 de 19 de septiembre, en la que el Tribunal, entendió que las autoridades judiciales demandadas, lesionaron el debido proceso al desconocer, en el caso concreto, la cláusula arbitral contenida en el contrato, que disponía que la solución de controversias, debía ser realizado a través de arbitraje.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió
- i)
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- arbitrariedad
- Fragmento 12
- es también aplicable a los procesos administrativos de tipo sancionador y a los procesos disciplinarios
- a) Juez predeterminado,
- b) Juez competente,
- c) Juez independiente
- d) Juez imparcial
- III.3. Sobre la excepción de incompetencia en materia penal por existir clausula arbitral, coactiva fiscal o civil para la resolución contractual
- no condice al contexto del juicio penal en el que fue planteada, que responde a la averiguación de la comisión de un delito de acción pública, sus autores o partícipes y su consecuente sanción, que no guarda relación alguna con el contenido del contrato en sí y las cuestiones que le atañen a éste
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- MAGISTRADO