SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0190/2019-S2
Fecha: 02-May-2019
II.1.
II.1. El ahora accionante mediante memorial presentado el 12 de junio de 2018, solicitó al Comandante General de la Armada Boliviana, se lo convoque a ascenso al grado superior, que no tuvo respuesta, reiterando su petición a través de memoriales presentados el 26 del citado mes y 3 de julio del mismo año, los que merecieron como respuesta la Nota Dpto. I-Pers. Div. “F” SDJ 619/18 de 17 de julio de igual año; por la cual, citando normativa de la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas y su Reglamento, le hizo conocer la imposibilidad de dar viabilidad a lo impetrado; toda vez que, a la fecha no cuenta con sentencia ejecutoriada que permita rehabilitar derechos profesionales (fs. 2 a 5).