Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0190/2019-S2
Fecha: 02-May-2019
II.3.
II.3. El Comandante General de la Armada Boliviana -ahora demandado-, por Nota Dpto. I-Pers. Div. “F” SDJ 907/18 de 1 de octubre, comunicó al accionante que de conformidad al Informe Jurídico Div. “F” SDJ 278/2018 (lo correcto es 279/2018), mencionó que al existir un vacío jurídico en la normativa militar, se elevó el caso en calidad de consulta al Tribunal Supremo de Justicia Militar, de conformidad al art. 38.3 de la LOFA y que los resultados se le harán conocer de manera oportuna, la que recién fue de conocimiento del accionante el 3 de octubre del citado año; es decir, el mismo día que fue notificado el demandado con la presente acción de defensa (fs. 50).