SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0198/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0198/2019-S4

Fecha: 09-May-2019

II.

II.3.    La lista de turno de riego del Canal Chaupilarq’a, de los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre, así como enero y febrero que de acuerdo a lo señalado por las partes corresponde a la gestión 2018, fue firmada por Adrián Quispe y no consigna el nombre de los accionantes (fs. 2).

II.4.    Mediante diligencia de 16 de julio de 2018, el Concejo de Autoridades Originarias, a través del Jatun Tata Corregidor del Gran Jacha Marka Ayllus Tapacarí y Cóndor Apacheta del Distrito de Peñas, Provincia Poopó del departamento de Oruro, notificó a Adrián Gudelio Quispe Mamani, para que convoque a una reunión de emergencia conjunta de todos los regantes y autoridades originarias, con la finalidad de tratar la negativa de asociar al comunario Julián Gutiérrez en la comunidad Quehuayllani; y para que se apersone a oficinas del corregimiento Peñas el 24 de julio del referido año, para informar del problema y ver la posibilidad de solucionar el mismo de manera pronta; bajo advertencia de intervenir la comunidad para buscar una solución definitiva (fs. 35).

II.4.    Por Informe de 13 de agosto de 2018, el Concejo de Autoridades Originarias del Jacha Marka Ayllus Tapacarí y Cóndor Apacheta del Distrito de Peñas, Provincia Poopó del departamento de Oruro, afirmó que Adrián Gudelio Quispe Mamani, fue notificado el 19 de julio de 2018, para que se presente en sus oficinas el 24 del mismo mes y año; sin embargo, hizo caso omiso a la citación, faltando a su palabra y compromiso en flagrante desacato (fs. 36).