SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0215/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0215/2019-S4

Fecha: 09-May-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 18 de septiembre de 2018, el Fiscal de Materia asignado al caso, emitió requerimiento de sobreseimiento en su favor, siendo comunicada dicha determinación al Juez de control jurisdiccional el 7 de noviembre de igual año, quien mediante decreto de 19 del indicado mes y año, tuvo presente el mismo disponiendo que el Ministerio Público “de oficio” haga conocer su ejecutoria, bajo su entera responsabilidad, debiendo dar cumplimiento a lo dispuesto por el art. 324 párrafo segundo del Código de Procedimiento Penal (CPP); sin embargo, desde la presentación del referido requerimiento transcurrieron treinta y tres días sin que la autoridad fiscal jerárquica se pronuncie al respecto, sobrepasando el tiempo contemplado para pronunciar resolución.

A través de memorial de 3 de diciembre de 2018, solicitó su libertad inmediata, mereciendo la providencia de 4 de diciembre del año señalado, por la que se conminó al Ministerio Público a que informe con relación al cumplimiento de los plazos establecidos en el art. 324 del CPP, sea en el término de cuarenta y ocho horas, caso contrario, se dispondría la libertad solicitada; con dicha determinación fue notificado el Ministerio Público el 5 de igual mes y año a las 11:00, venciendo su plazo el 7 del mismo mes y año, en la hora indicada; empero, pese al reclamo efectuado a la fecha –10 de diciembre de 2018–, no se expidió mandamiento de libertad a su favor, por lo que se encuentra injusta e indebidamente detenido, sin considerar la SCP 0725/2014 de 10 de abril , que ya fue expuesta ante el Juez que conoce la causa.