SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0224/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0224/2019-S2

Fecha: 10-May-2019

i)

Víctor Cuellar Gonzales imputado dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público a denuncia de Fanny Rodas de Caballero por el representante legal de la empresa RODASON S.R.L., por la presunta comisión de los delitos de asociación delictuosa y hurto agravado, en audiencia manifestó que: i) Se inició el proceso penal por la supuesta comisión del delito de hurto y en apelación la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, resolvió cambiando el tipo penal a apropiación indebida; ii) Los Vocales demandados, anularon la actuación del Juez y la imputación presentada por el Ministerio Público, porque advirtieron la existencia de defectos absolutos en la tramitación del proceso, conforme lo establecido por la Constitución Política del Estado y la                                SC 0593/2004 de 22 de abril que de forma clara señaló, que cuando se trata de defectos absolutos, éstos deben ser corregidos aún de oficio por el Tribunal de alzada o casación inclusive en los supuestos en los que no hubieran sido invocados, esto en mérito al principio de legalidad; y, iii) En la jurisprudencia constitucional prima el estándar más alto, para resolver los casos.

En consecuencia, corresponde en revisión verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada; al efecto se analizarán los siguientes temas: i) La fundamentación y motivación de las resoluciones y el principio de congruencia como elementos de la garantía del debido proceso; ii) La nulidad procesal declarada de oficio; y, iii) Análisis del caso concreto.