Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0233/2019-S4
Fecha: 16-May-2019
a)
La parte accionante ratificó los términos expuestos en su memorial de acción de amparo constitucional y ampliándolos manifestó que: a) La Resolución cuestionada no cuenta con una justificación sobre la necesidad del cambio temporal de funciones, más aun cuando el proceso demuestra una demora excesiva en su resolución; y, b) La decisión del cambio de funciones del cargo de Jefe de Servicios Generales, con el nivel 6, al puesto de apoyo en la Unidad de Liquidación y Recaudaciones de la misma entidad, con nivel “0”, es humillante e indignante con una persona de la tercera edad, porque no se observaron los principios de igualdad y estabilidad, entendidos como mismo lugar, nivel e iguales funciones.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La fundamentación y motivación como elementos integrantes del debido proceso
- III.2. La medida precautoria en el proceso administrativo interno sujeto a la Responsabilidad por la Función Pública
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegar
- REVOCAR en parte