Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0239/2019-S1
Fecha: 07-May-2019
II.2.
II.2. Mediante Auto de Vista 101/2018 de 13 de marzo, emitido por los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca -ahora demandados- se rechazó in limine, el recurso de apelación incidental interpuesto por el hoy accionante contra el decreto de 28 de noviembre de 2017; sosteniendo que el pronunciamiento impugnado referido supra no es susceptible de apelación incidental según el catálogo contenido en el art. 403 del CPP (fs. 51 a 52).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Psicóloga forense
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la correspondencia entre los hechos, derechos y petitorio. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- se restablezca mis garantías constitucionales al debido proceso, igualdad de partes y derecho a la defensa
- CONFIRMAR