Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2019-S4
Fecha: 16-May-2019
II.4.
II.4. Mediante memorial presentado el 20 de abril 2018, la parte peticionante de tutela, interpuso incidente de nulidad; que fue resuelto mediante decreto de 24 de igual mes y año, por el que la Jueza Pública Civil y Comercial Séptima del departamento de Chuquisaca ahora demandada, que determinó: “Estese al Auto de fecha 18 de abril de 2018, resolución con el que el presente proceso se encuentra cerrado para la suscrita juzgadora, no siendo factible reaperturar por haberse tenido el proceso como no presentado…” (sic) (fs. 526 a 528 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.
- II.6.
- i)
- III.1.
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de esos derechos y garantías
- subsidiariedad y de inmediatez
- III.2. La motivación, la fundamentación y la congruencia en las resoluciones
- III.3. El recurso de compulsa en el proceso civil.
- CONFIRMAR