SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0260/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0260/2019-S1

Fecha: 15-May-2019

Fragmento 27

En cuanto al segundo presupuesto, no se advierte que el impetrante de tutela se encuentre en estado de indefensión absoluta que le impida ejercer su derecho a la defensa, puesto que de obrados se tiene que se encuentra asumiendo su defensa en el proceso penal; por lo que, en el caso concreto y conforme se tiene de la Conclusión II.3, planteó incidente de actividad procesal defectuosa, reclamando la falta de fundamentación y motivación de la imputación formal, y otras cuestiones inherentes al procedimiento aplicado, el mismo que fue declarado “no ha lugar” por la autoridad judicial “al haber sido planteado fuera del plazo legal” (sic), circunstancia procesal por la que se constata que se encuentra ejerciendo dicho derecho, pudiendo una vez agotados todos los medios intraprocesales, acudir a la acción de amparo constitucional, como medio de defensa idóneo en esta jurisdicción para reparar y subsanar los defectos procesales en que pudiera haber incurrido la autoridad fiscal, denotándose en consecuencia la inconcurrencia de este segundo presupuesto relativo a la indefensión absoluta, correspondiendo denegar la tutela sin ingresar al análisis del fondo de esta primera problemática.