SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0260/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0260/2019-S1

Fecha: 15-May-2019

Fragmento 29

Esto se explica a través de la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico III.2 de este fallo constitucional la cual sostiene que, cuando existe imputación o acusación formal y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada; consiguientemente, en el caso de análisis opera este supuesto de subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, ya que el accionante no impugnó el citado Auto que dispuso medidas sustitutivas a la detención preventiva, en el que se fijó con relación a este la detención domiciliaria con salidas laborales; y, siendo que dicho Auto le habría causado agravio, lo correcto era que primero plantee el recurso de apelación incidental conforme la previsión del art. 251 del CPP, a efectos de que el tribunal de alzada pueda corregir las presuntas lesiones de su derecho al debido proceso vinculado a su libertad, y, agotado ese recurso, de persistir las lesiones acusadas, recién correspondía que interponga la acción de libertad y no pretender directamente por la vía constitucional se corrija esta omisión.