Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0260/2019-S4
Fecha: 16-May-2019
II.1.
II.1. Mediante Auto de 17 de septiembre de 2018, el Juez de Instrucción Penal del departamento Primero de La Paz, ejerciendo control jurisdiccional conminó al Fiscal de Materia ahora demandado para que dentro del plazo de cinco días de su legal notificación haga conocer a ese Juzgado imputación formal o rechazo de denuncia, querella o investigación preliminar (fs. 2).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Sobre la excepcional subsidiariedad en la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada
- 2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional
- Fragmento 12
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR