SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0262/2019-S4
Fecha: 16-May-2019
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La parte accionante se ratificó en su demanda tutelar, y ampliándola señaló que el “7” de septiembre de 2018, se presentó la pericia y en octubre del mismo año solicitó la suspensión del proceso; sin embargo, la autoridad demandada remitió el expediente al Tribunal de Sentencia Sexto del departamento de Cochabamba que le fue devuelto y la autoridad demandada desobedeció la determinación asumida por ese Tribunal, a lo que emitió la Resolución de 23 de octubre de 2018 haciendo caso omiso al mismo, y devolvió reiteradamente el proceso al referido Tribunal, quienes a su vez nuevamente remitieron la causa ante la Jueza cautelar para que resuelva su solicitud, sin embargo a la fecha no existe ningún pronunciamiento a su pedido; así también señala que en otro Tribunal ya se solicitó la suspensión del proceso en la que se dio curso; sin embargo no puede salir ni recibir su tratamiento médico, por lo que pidió se le otorgue la tutela y se disponga que la autoridad correspondiente emita resolución.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- Fragmento 15
- el derecho a la vida
- cuando el estado de salud de una persona se halle deteriorado y exista una amenaza a su vida
- a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- devenga de dilaciones indebidas
- III.3. Análisis del caso concreto
- tienen que emitir las resoluciones jurisdiccionales que correspondan durante la etapa preparatoria
- CONFIRMAR