SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2019-S1

Fecha: 22-May-2019

Fragmento 14

           De la revisión de los antecedentes cursantes en la presente acción de amparo constitucional, se tiene que la accionante mediante nota de 15 de junio de 2018, dirigida a Jorge Palza “Cervecería Boliviana Nacional” en su condición de portadora y titular de dos recibos por fracción de acciones que fueron entregadas en depósito a la CBN S.A., según certificado 0000302 y 0000298, que conforme sostiene, le hacen propietaria de 3 001.02 acciones al portador y 2 328.84 a nombre de Juan Morro Miranda, solicitó se le franquee informe sobre el estado de situación de las indicadas acciones, haciéndole conocer el detalle de las nuevas acciones que le corresponden así como la liquidación de pago de dividendos; misma que fue atendida mediante nota de 2 de agosto de igual año; en la cual, se sostuvo que si bien podría existir un recibo emitido por la señalada empresa el 8 de mayo de 1997, no podría certificar la misma en el entendido que no se cuenta con el documento original para poder determinar si efectivamente fue emitida por la empresa; empero, por el recibo de pago de dividendos de 3 de diciembre del referido año, se evidencia que las supra mencionadas acciones fueron devueltas a la persona que las detentaba en su calidad de portador, subrayando que según lo normado en el Código de Comercio, es necesario que quien pretenda el cobro de dividendos presente los títulos que le acrediten su derecho y que respecto a las acciones nominativas las mismas hubieran sido transferidas el 24 de agosto de 2000 por Laura Elio Vda. Morro a Enrique Pacheco precisando que los detalles de la referida transacción es de exclusivo interés de las partes intervinientes.