SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2019-S1

Fecha: 22-May-2019

II.2.

II.2.  Cursa nota de 2 de agosto de 2018, dirigida por Jhonny Caballero Vega “Cervecería Boliviana Nacional S.A.” (sic) a la impetrante de tutela dando respuesta a la nota de 15 de junio de igual año, informando en relación a las acciones al portador, que si bien podría existir un recibo emitido por la señalada empresa el 8 de mayo de 1997, no podrían certificar la validez ni autenticidad del mismo porque no tienen el documento original para poder determinar si este fue realmente emitido por la CBN S.A.; empero, que por el recibo de pago de dividendos de fecha 3 de diciembre del referido año, que adjuntó la prenombrada, se evidencia que dichas acciones fueron devueltas a la persona que las detentaba en su calidad de portador, ya que según lo determinado en el Código de Comercio es necesario que la persona que pretenda el cobro de dividendos, presente los títulos que acrediten su derecho a momento de ejercer los mismos. Respecto a las acciones nominativas, de la revisión de sus archivos, se advirtió que la tenencia accionaria de Juan Morro Miranda, fue transferida por Laura Elio Vda. de Morro el 24 de agosto de 2000 a favor de Enrique Pacheco, subrayando que los detalles de la indicada transacción son de exclusivo interés de las partes intervinientes “…sin que la CBN pueda tener información al respecto” (sic [fs. 20 a 21]).