SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0265/2019-S2
Fecha: 21-May-2019
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 03/2019 de 2 de abril, cursante de fs. 527 a 531 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Jaime Jesús Grajeda García, Secretario - Ejecutivo de la Federación Universitaria Local (FUL) 2016 -2018 contra Waldo Albarracín Sánchez, Rector; Alberto Quevedo Irirate, Vicerrector; Raimy Pardo Hernanz, Ejecutivo del Sindicato de Trabajadores de la Universidad Mayor de San Andrés (STUMSA); Paul Macgiver Rodríguez Huarachi, representante del Centro de Estudiantes Facultativo de Agronomía; Pedro Antonio Plata Burgoa, Representante del Centro de Estudiantes Facultativo de Agronomía; Jorge Sainz Cardona, Decano de la Facultad de Arquitectura, Artes, Diseño y Urbanismo; Mario Yujra Choque, miembro de la Asociación de Docentes de la Facultad de Arquitectura, Artes, Diseño y Urbanismo; Walter Montaño Pérez, Decano de la Facultad de Ciencias Farmacéuticas y Bioquímica; Sergio Quisbert Barrera, miembro de la Asociación de Docentes de la Facultad de Ciencias Farmacéuticas y Bioquímica; Brian Rojas Mora, integrante del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ciencias Geológicas; María Eugenia Pareja Tejada, Decana de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Javier Peñaranda Méndez, Decano de la Facultad de Medicina, Enfermería, Nutrición y Tecnología Médica; Wilfredo Tavera Llanos, Decano de la Facultad de Ciencias Puras y Naturales; Grover Rodríguez Ramírez, miembro de la Asociación de Docentes de la Facultad de Ciencias Naturales y Puras; Oscar Carvajal Yucra, miembro del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ciencias Naturales y Puras; Carlos Fernando Torrez Alanoca miembro del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ciencias Naturales y Puras; Deysi Clavijo Santander miembro de la Asociación de Docentes de la Facultad de Ciencias Sociales; Víctor Herrera Cusicanqui, Decano de la Facultad de Tecnología; Víctor Paz Huanca, miembro de la Asociación de Docentes de la Facultad de Tecnología; Jhony Contreras Tapia, miembro del Centro de Estudiantes de la Facultad de Tecnología; Max Mendoza Parra, Presidente de la Confederación Universitaria Boliviana (CUB); Silvia Villarroel Serrate, Delegada de la FUL al Honorable Consejo Universitario (HCU); Amilcar García Castro, Delegado de la FUL al HCU; Aniceto Velarde Forest, Secretario Ejecutivo de la Federación Sindical de Docentes de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA) FEDSIDUMSA; José Oviedo Farfán, Decano de la Facultad de Agronomía; Celso Ayala Vargas, miembro de la Asociación de Docentes de la Facultad de Agronomía; Franz Remy Camacho, Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas; Jaime Mamani Mamani, miembro de la Asociación de Docentes de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas; Boris Quevedo Calderón, Vice decano de la Facultad de Ciencias Económicas y Financieras; Javier Ávila Vera, miembro de la Asociación de Docentes de la Facultad de Ciencias Económicas y Financieras; Kitizia Jarandilla Guzmán, asociada del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ciencias Farmacéuticas y Bioquímicas; Sandra Velasco Gonzales, miembro del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ciencias Farmacéuticas y Bioquímicas; Francisco Callejas Huanca, Decano de la Facultad de Ciencias Geológicas; Ramiro Huanca Soto, miembro de la Asociación de Docentes de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Miguel Ángel Calla Carrasco, Decano de la Facultad de Ingeniería; Wilma Amusquivar Caballero, miembro de la Asociación de Docentes de la Facultad de Ingeniería; Carlos Mena Telleria, miembro de la Asociación de Docentes de la Facultad de Medicina, Enfermería, Nutrición y Tecnología de Médica; Edmundo Morales Loayza, Decano de la Facultad de Odontología; Néstor López Aparicio, miembro del Centro de Estudiantes de la Facultad de Odontología; Alvin Kuno Vargas, miembro del Centro de Estudiantes de la Facultad de Odontología; Ana María Susnabar de Paravicini, Decana de la Facultad de Ciencias Sociales; Juan Pablo Tapia Guachalla, Delegado de la FUL al HCU; Iván Eddy Alcon Simón, Delegado de la FUL al HCU; Franz Cuevas Quiróz Strio, Ejecutivo FEDSIDUMSA; Félix Fernando Manzaneda Delgado, Delegado de la Facultad de Agronomía; Paulino Ruíz Huanca, miembro de la Asociación de Docentes de la Facultad de Agronomía; Javier Tapia Gutiérrez, Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas; Richard Ozuna Ortega, miembro de la Asociación de Docentes de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas; Jorge Ricardo Riveros Salazar, Decano de la Facultad de Ciencias Económicas y Financiera; Miguel Coña Mier, miembro de la Asociación de Docentes de la Facultad de Ciencias Económicas y Financieras; Micaela Iris Otalora Guisbert, miembro del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ciencias Farmacéuticas y Bioquímicas; Claudia Daniela Hernández Ramírez, miembro del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ciencias Farmacéuticas y Bioquímicas; Germán Wilfredo Núñez Aramayo, Decano de la Facultad de Ciencias Geológicas; Rodmy Arroyo Sarmiento, miembro del Centro de Estudiantes de la Facultas de Ciencias Geológicas; Miriam Cayetano Choque, miembro de la Asociación de Docentes de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Alejandro Martín Mayori Machicao, Decano de la Facultad de Ingeniería; Ángel Aliaga Rivera, miembro de la Asociación de Docentes de Ingeniería; Martín Villarroel Mareño, miembro de la Asociación de Docentes de la Facultad de Medicina, Enfermería, Nutrición y Tecnología Médica; Teodoro Alanoca Rojas, Decano de la Facultad de Odontología; Félix Sandoval Ríos. Miembro de la Asociación de Docentes de la Facultad de Odontología e Iván Miranda Balcázar, Decano de la Facultad de Ciencias Sociales, todos de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 6
- II.1.
- 2)
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En cuanto a los requisitos que debe contener una resolución administrativa en segunda instancia, la SCP 0275/2012 de 4 de junio[3], precisa que dicho fallo debe exponer los hechos y citar las normas que sustentan la decisión, además de pronunciarse sobre todos y cada uno de los aspectos impugnados en el recurso
- [4]
- arbitrariedad
- una resolución será arbitraria cuando carezca de motivación o ésta sea arbitraria o insuficiente; asimismo, cuando la resolución no tenga coherencia o congruencia interna o externa
- III.2. De la imposibilidad de alegar nuevos hechos y derechos en las audiencias de consideración de acciones tutelares
- cualquier ampliación o modificación del contenido del recurso, determinaría que el demandado esté frente a hechos nuevos, situándolo en una virtual indefensión
- III.3. Análisis del caso concreto
- ii)
- iv)
- 2° CONCEDER
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- b)