Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0271/2019-S4
Fecha: 22-May-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Reina Llanos Méndez inició en su contra un proceso sumario de regularización de derecho propietario, en el entonces Juzgado de Instrucción en lo Civil y Comercial Segundo del departamento de Tarija, el 8 de abril de 2014, el que concluyó con Sentencia de 19 de mayo de 2017, por la que se declaró probada la demanda, ante ello planteó recurso de apelación, que fue resuelto mediante Auto de Vista 51/2018, de 27 de abril, por las autoridades ahora demandadas, siendo notificado a su persona recién el 4 de noviembre del mismo año.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- denegó
- II.1.
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.2. Sobre la revisión de la valoración
- en momento alguno hacen referencia a lo advertido por el apelante, en cuanto a que la misma demandante, en varias ocasiones, desde la presentación de su demanda sostiene que entró en posesión del terreno recién el 3 de octubre de 2007 (Conclusión II.1)
- REVOCAR
- b)
- MAGISTRADO
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