Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0281/2019-S2
Fecha: 24-May-2019
II.4.
II.4. Los accionantes mediante memorial presentado el 14 de junio de 2017, formularon incidente de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, con la indicación de la mora procesal señalando las actuaciones, las fechas y las fojas en que cursan, que mereció el Auto Supremo 784/2017 de 16 de octubre, que declaró infundada la excepción planteada, cuya explicación y complementación solicitada, fue declarada “No Haber Lugar”, por Auto Supremo 002/2018 de 4 de enero (fs. 81 a 93 vta.; 99 a 103; y, 108 a 111).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso
- III.2. Sobre el cómputo para la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- CONFIRMAR