SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0293/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0293/2019-S4

Fecha: 29-May-2019

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Brígida Celia Vargas Barañado, Magistrada de la Sala Tercera del Tribunal Constitucional Plurinacional, por informe escrito presentado el 12 de octubre de 2018, cursante de fs. 173 a 170 vta., señaló que, conoció en grado de revisión, La Resolución 01 de 4 de enero de 2018, por el que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, concedió la tutela solicitada por Marcel Alemán Suvelza, representante legal de la Comisión Liquidadora Voluntaria de la Cooperativa San Luis Ltda., contra el hoy accionante; por lo que, se pronunció la SCP 0227/2018-S3, en base a los antecedentes remitidos, ratificando el fallo de concesión de tutela impetrada, en el marco de la normativa vigente, determinación que adquirió la calidad de cosa juzgada constitucional; por lo que, conforme a la doctrina y la jurisprudencia constitucional, resulta improcedente la petición de la presente acción de defensa dirigida a modificar o anular una resolución constitucional a través de otro recurso constitucional y que además es de carácter obligatorio y vinculante; razonamiento que también alcanza, como se hizo constar en la SCP 0045/2011-R de 7 de febrero, reiterada por la 0390/2018-S1 de 13 de agosto, cuando el accionante impugna una supuesta vulneración de sus derechos en la tramitación de la acción tutelar; en consecuencia, la determinación asumida por el Juez de garantías –en la presente acción de defensa–, de admitir una acción de amparo constitucional contra un fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional, quebranta el orden establecido en el sistema jurídico boliviano, y el modelo concentrado de control de constitucionalidad, el Estado Constitucional de Derecho y los principios de seguridad jurídica.