Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2019-S4
Fecha: 29-May-2019
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 009/2017 de 14 de noviembre, cursante de fs. 466 a 469, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Grover Condori Vargas contra Octavio José Murillo López, ex Presidente; Ubaldo Espino Mamani, Clemente Silva Ruiz, ex Vocales; Severo Félix Vera Alvarado, ex Vocal Suplente; y, Santiago Delgadillo Villalpando, Presidente; Juan Luis Cuevas Guagama, Ángel Guillermo Dávalos Castillo, Vocales Permanentes; y, Yola Marilin Gutiérrez Gironda todos del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- en el presente caso se afectó al debido proceso en su vertiente de la prontitud y oportunidad
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia referida a la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- i) Por vulneración del derecho a una Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; ii) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, iii) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales”
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR