Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0303/2019-S2
Fecha: 29-May-2019
II.2.
II.2. A través de la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/CONM 110/2016 de 16 de diciembre, se conminó a la Empresa TECHO S.A. a la reincorporación laboral de Carla Mariela Valverde Riffarachi -ahora accionante- al mismo cargo, por cuanto se demostró su despido ilegal pese a su estado de embarazo, conforme al Informe de Ecografía Obstétrica emitida por el Centro Médico “Prosalud” que certificó que tenía 19 semanas de gestación y, por tanto, con el derecho a la inamovilidad laboral, disponiendo el pago de sueldos devengados desde el despido injustificado, manteniendo su antigüedad y demás derechos que le corresponde por ley (fs. 57 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 4
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- protección y asistencia a quienes son responsables de las familias en el ejercicio de sus obligaciones
- se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores
- Respecto a la inamovilidad funcionaria
- no pudiendo ser despedidos, afectarse su nivel salarial ni su ubicación en su puesto de trabajo’
- III.2. Análisis del caso concreto
- el pago de salarios, no puede operativizarse a través de ésta justicia constitucional, ya que deberán ser la propias autoridades administrativas y/o judiciales que determinen en qué medida corresponden dichos pagos
- CONFIRMAR