SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2019-S1

Fecha: 28-May-2019

ante la evidente comisión de vías de hechos

Ahora bien, conforme desarrolló la jurisprudencia desglosada en los Fundamentos Jurídicos III.1 y III.2 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional ante la existencia de medidas de hecho sufridas por parte de los propietarios de bienes inmuebles dados en arrendamiento, y ante la evidente comisión de vías de hechos, corresponde que la justicia constitucional haciendo abstracción del principio de subsidiariedad y evidenciando la misma conceda la tutela invocada; sin embargo, también estableció que para ello el accionante debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas cometidas por particulares o funcionarios públicos, que son contrarios y atentatorios a los principios y pilares fundamentales del Estado Constitucional de Derecho; es decir, en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos; y, en caso de denunciar la pérdida o perturbación de la posesión, deberá además acreditar su posesión legal del bien en relación al cual se ejerció vías de hecho, a través de una resolución judicial emitida por autoridad competente, que no esté sometida a controversia judicial.