VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0259/2019-S2
Fecha: 21-May-2019
b)
b) Que, los actuales Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro de las veinticuatro horas de ser notificados, señalen nuevo día y hora de audiencia de consideración del recurso de apelación, debiendo escuchar la exposición de los agravios de los dos imputados y resolver la solicitud a través de una resolución debidamente fundamentada, que tenga en cuenta: cuáles fueron los motivos que determinaron la imposición de la detención preventiva, los nuevos elementos de convicción aportados por el imputado para demostrar que ya no concurren aquellos que la establecieron o que tornen conveniente la sustitución de la medida; asimismo, que se valore integralmente las circunstancias previstas en los arts. 234 y 235 del Código de Procedimiento Penal, así como la prueba presentada por las partes; y, que dichos aspectos se encuentren claramente explicados en la resolución a pronunciarse, considerando los criterios de protección a la víctima en el marco de lo previsto por la SCP 0394/2018-S2 de 3 de agosto y en el Fundamento Jurídico II.5 de este Voto Disidente.
- I.
- a)
- 1)
- II.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como elementos del debido proceso
- Fragmento 5
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: a)
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- II.2. La exigencia de fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales que resuelven medidas cautelares: Las resoluciones de los tribunales de apelación y la interpretación del art. 398 del Código de Procedimiento Penal
- SCP 0014/2018-S2
- fundamentación suficiente
- SC 0782/2005-R de 13 de julio
- II.3. La cesación de la detención preventiva por el supuesto contemplado en el art. 239.1 del Código de Procedimiento Penal y la jurisprudencia constitucional
- SCP 0014/2012 de 16 de marzo
- si los nuevos elementos de convicción que aportó el imputado, demuestran que ya no concurren los motivos que determinaron la detención preventiva o la conveniencia que ésta sea sustituida por otra
- II.4. Sobre la acreditación de los riesgos procesales previstos por los arts. 234 y 235 del Código de Procedimiento Penal
- II.5. Sobre el riesgo procesal de fuga de peligro efectivo para la víctima o el denunciante en delitos relacionados a violencia contra la mujer
- peligro efectivo para la víctima o el denunciante.
- la situación de vulnerabilidad o desventaja, en la que se encuentre la víctima o denunciante respecto al imputado
- las medidas orientadas a desvirtuar los peligros de fuga, como la contenida en el art. 234.10 del CPP -peligro efectivo para la víctima o el denunciante-, de ninguna manera deben significar una revictimización
- iii)
- II.6. Motivos de la Disidencia y análisis del caso concreto
- la situación de vulnerabilidad o de desventaja en la que se encuentren la víctima o denunciante respecto al imputado
- por lo que, considera que la SCP 0259/2019-S2, debió efectuar el siguiente análisis del caso concreto:
- ,
- ; sin embargo, se evidencia
- corresponde que las autoridades judiciales analicen si dicha medida es suficiente para garantizar la seguridad de la víctima o si corresponde, adicionalmente, imponer una medida cautelar, entre ellas la detención preventiva
- REVOCAR
- b)
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)